viernes, 24 de enero de 2014

NUEVO PROYECTO DE LEY DE PARQUES NACIONALES

  (Foto: www.spain.info)

(Europa Press. 24/01/2014)

El Consejo de Ministros ha dado luz verde al anteproyecto de Ley de Parques Nacionales con el que se pretende desarrollar y actualizar "los pilares" que constituyen la esencia de estos enclaves.

Según el borrador del anteproyecto de Ley, se prevé una revisión del procedimiento de declaración, para que se realice de forma conjunta por las comunidades autónomas y el Gobierno de la nación.

Además, integra a los titulares de derechos en parques nacionales en la propia conservación del enclave y les reconoce la capacidad de realizar actividades económicas o comerciales, "en especial las relacionadas con el uso público o el turismo rural" y les otorga su "adecuada presencia institucional" en los actos de la proyección de parques ante la sociedad.

El borrador también incluye ayudas técnicas, económicas y financieras en las áreas de influencia socioeconómica. Al mismo tiempo, se quiere proteger aquellos usos y actividades tradicionales practicadas de forma histórica por propietarios, usuarios o residentes locales, que sean compatibles o necesarios para la gestión. Igualmente se prevé la creación de la marca Parques Nacionales de España como "identificador común de calidad para las producciones de estos espacios".

Para ser declarado Parque Nacional, un enclave debe cumplir una serie de requisitos, como tener una superficie mínima de entre 5.000 hectáreas si son terrestres insulares a 20.000 hectáreas si son peninsulares o bien parques nacionales en aguas marinas.

Estas superficies deben representar notoriamente alguno de los grandes sistemas naturales, ser una superficie continua, no fragmentada y sin estrangulamientos para que sus sistemas evolucionen de forma natural o con la mínima intervención humana.

Serán serán incompatibles las actividades de pesca deportiva y recreativa y la caza deportiva y comercial, así como la tala para fines comerciales. Sin embargo, el proyecto contempla que, por motivos de gestión y de acuerdo al mejor conocimiento científico, la administración del parque "podrá programar actividades de control de poblaciones y de restauración de hábitats".

Esta es una de las cuestiones más criticadas por las organizaciones ambientales que consideran que puesto que la norma no cambia respecto a la de 2007, bajo la figura de control de poblaciones se van a poder organizar monterías y reclaman que esta gestión sea realizada únicamente por las guarderías de los parques.

Igualmente, son incompatibles los aprovechamientos hidroeléctricos, las vías de comunicación y las redes energéticas, salvo en circunstancias excepcionales debidamente justificadas por razones de protección ambiental o interés social, siempre que no haya otra solución.

Por otra parte el Consejo de Estado recomendó al Gobierno que reconsidera "la totalidad" del proyecto de Ley de Parques Nacionales para asegurar del todo la coherencia del sistema con el modelo de la ley de 2007 a la luz de la extensa jurisprudencia del tribunal Constitucional.

Así, en un dictamen de 26 de diciembre, este organismo discrepaba en algunas cuestiones planteadas en ley al considerar que podrían no ajustarse a la Constitución, sobre todo en materia de competencias de las comunidades autónomas.

Concretamente instaba a reconsiderar el artículo 8, sobre el órgano que puede bloquear la decisión de una comunidad autónoma de que las Cortes declaren un Parque Nacional; así como el 13, respecto al que el dictamen del Consejo de Estado pide que se explique y defina lo que se entiende por emergencia y de la oportunidad a la comunidad autónoma de actuar y adoptar medidas contra posibles daños irreversibles antes de que el Estado tome el mando.


Pese a todo en el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, aseguran que todas y cada una de las consideraciones formuladas por el Consejo de Estado han sido incorporadas al último borrador de la Ley de Parques Nacionales.

MÁS INFORMACIÓN

http://www.europapress.es/epsocial/politica-social/noticia-amp-consejo-estado-recomienda-gobierno-reconsiderar-totalidad-proyecto-ley-parques-nacionales-20140123180544.html

http://www.europapress.es/sociedad/medio-ambiente-00647/noticia-gobierno-permitira-actividades-comerciales-parques-nacionales-20140124134649.html

http://sociedad.elpais.com/sociedad/2014/01/24/actualidad/1390578650_653318.html

miércoles, 22 de enero de 2014

AYUDAS A PYMES PARA LA PROTECCIÓN Y CONOCIMIENTO AMBIENTAL (GALICIA)


La Consejería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de la Xunta de Galicia convoca ayudas para la financiación de actuaciones destinadas a la prevención, protección, mejora y conocimiento ambiental.

Pueden beneficiarse de ellas pequeñas y medianas empresas (pymes).

NO podrán ser beneficiarias las empresas de los sectores de pesca y acuicultura, producción primaria de los productos agrícolas, actividades relacionadas con la exportación o carbón ni las empresas en crisis.
 

El periodo de inversión empieza el 01/01/2014 y se extiende hasta el 20/11/2014.
Se trata de subvenciones a fondo perdido, con una cuantía que puede alcanzar el 90% del coste del proyecto, con un máximo de 60000 €

Son proyectos subvencionables:

1. Inversiones de las empresas solicitantes a fin de alcanzar una reducción de las emisiones a la atmósfera o una mejora de la calidad física y química del aire:
A. Inversiones que produzcan una reducción efectiva de emisiones de gases efecto invernadero (GEI) considerados por el Protocolo de Kyoto (CO2, CH4, N2O, HFC, PFC, SF6):
      1. Inversiones en sustitución de equipos e instalaciones consumidoras de energía por equipos e instalaciones que utilicen tecnologías de alta eficiencia o la mejor tecnología disponible, con el objeto de reducir el consumo energético y las emisiones de CO2.
      2. Mejora de las instalaciones térmicas de calefacción, climatización y producción de agua caliente sanitaria de potencia superior a 5 kW.
      3. Inversiones en instalaciones de generación de energía eléctrica destinada al propio consumo.
      4. Medidas que tengan por objeto alcanzar una mejora energética y una reducción efectiva de emisiones basadas en el empleo de la cogeneración.
      5. Mejora de la eficacia energética de las instalaciones de iluminación interior y exterior de los edificios existentes que se renueven, excepción hecha de la destinada a la iluminación de emergencia, de rótulos lumínicos y/o señalización.
      6. Inversiones para la sustitución o adaptación del vehículo para el transporte de mercancías.
      7. Cualquier otra actuación o inversión relacionada.
2. Inversiones que supongan una mejora de la calidad del aire y/o una reducción o mejora en la medición de las emisiones distintas de los GEI.
B. Inversiones de las empresas solicitantes destinadas a mejorar su comportamiento ambiental en materia de gestión y uso sostenible de los recursos y los residuos:
    1. Reutilización de productos o materiales empleados.
    2. Reducción de la cantidad de residuos industriales o comerciales generada.
    3. Adecuada separación en origen de los residuos generados.
    4. Reciclado o cualquier otra forma de aprovechamiento posterior de los residuos generados por la entidad.
    5. Introducción de mejores tecnologías aplicadas a la gestión y uso sostenible de los recursos y de los residuos.
    6. Cualquier otra actuación o inversión relacionada con el objeto de este apartado.
3. Estudios de análisis y evaluación de riesgos ambientales en instalaciones industriales.

4. Implantación y mantenimiento en el Sistema Comunitario de Gestión y Auditoría Ambiental (EMAS):
    1. Trabajos de consultoría, verificación y validación para la implantación EMAS.
    2. Trabajos de verificación y validación que sea necesario realizar para la renovación en el registro cada tres años.
MÁS INFORMACIÓN
http://www.xunta.es/dog/Publicados/2014/20140120/AnuncioCA02-130114-0001_gl.html